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Internacional

La doctrina del TSJ a la que se agarra Mazón para evitar la imputación: del nexo causal al principio de culpabilidad

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El futuro de Carlos Maz�n est� en manos de tres magistrados, que son los que tendr�n que decidir si procede o no la investigaci�n del ex presidente de la Generalitat que ha pedido la jueza que instruye la causa de la dana. Se trata del presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana, Manuel Baeza, y de los magistrados P�a Calder�n (ponente) y Jos� Francisco Ceres. Pero m�s all� de que las fuentes jur�dicas consultadas los sit�an en la �rbita conservadora, el entorno de Maz�n se agarra a la doctrina del propio TSJ para pensar que el ex presidente podr�a esquivar finalmente la imputaci�n.

De hecho, el TSJ ya rechaz� varias querellas y denuncias contra Maz�n con dos autos que llevaban precisamente la firma de Calder�n y Ceres. Pero que, sobre todo, advert�an de cu�les eran las condiciones para una hipot�tica imputaci�n de Maz�n, teniendo en cuenta que mantiene su aforamiento como diputado en las Cortes Valencianas. Seg�n las fuentes consultadas, no ser�a descartable que el TSJ evitase -al menos de momento- imputar a Maz�n.

En un auto de diciembre de 2024, el TSJ ya dijo que para imputar a un aforado debe concluirse la instrucci�n, es decir, “que se depuren cuantas diligencias de investigaci�n sean necesarias para completar la investigaci�n”. Sin embargo, y a pesar de que en abril la jueza habr� interrogado a medio millar de testigos, por el juzgado de Catarroja a�n no han pasado por ejemplo los alcaldes, que tendr�n que hacerlo pr�ximamente. Sus testimonios ser�n importantes, porque forman parte del plan de inundaciones y ten�an competencias para decretar medidas de protecci�n a la poblaci�n.

Tampoco ha declarado todav�a como testigo la vicepresidenta de la Generalitat, Susana Camarero. Es m�s, la jueza ya ha pedido a las partes que se pronuncien sobre una segunda pr�rroga de la instrucci�n.

El citado auto del TSJ apela adem�s al “principio de culpabilidad”, que impide “que pueda desembocarse en atribuciones objetivas de responsabilidad por el mero hecho de la posici�n o cargo que una persona concreta ostente en la organizaci�n, por muy alto que este sea”. Las fuentes consultadas sostienen que no puede imputarse a nadie por raz�n de su cargo, un argumento que ya us� -sin �xito- Emilio Arg�eso, el ex secretario auton�mico y ex n�mero dos de Salom� Pradas, tambi�n investigada.

Desde el entorno de Maz�n se interpreta que dicha responsabilidad no existe en el caso del ex presidente, porque la direcci�n de la emergencia correspond�a por ley a Pradas y el jefe del Consell, por tanto, no formaba parte del Cecopi. La propia jueza Nuria Ruiz Tobarra lo asume en su exposici�n razonada, si bien argumenta que, como presidente, Maz�n pod�a -y deb�a- haber dado �rdenes a su consejera y coordinar la acci�n del Consell.

El TSJ a�n dict� un segundo auto en febrero de 2025 en el que volvi� a insistir en la necesidad de “acreditar que, de haberse ejecutado la acci�n omitida -activar con anterioridad la alarma, impulsar el plan de emergencias, pedir ayuda estatal…-, se habr�an evitado los resultados da�osos, lesivos y mortales”. Dicho con otras palabras, no basta con afirmar que el ES-Alert se envi� tarde, sino que hay que demostrar que la tardanza de la alerta es la causa directa de las 230 muertes el d�a de la dana.

Debe quedar claro lo que se conoce como el “nexo causal” entre que no se enviara antes el ES-Alert y cada una de las muertes, algo que, seg�n el entorno de Maz�n, no hace la exposici�n razonada de la jueza. Recoge el detalle de las circunstancias en las que murieron las 230 v�ctimas, pero en algunos casos ni siquiera se precisa la hora.

Las fuentes consultadas apuntan incluso a que no se ha practicado ninguna pericial que pruebe que un env�o previo de la alerta habr�a salvado vidas. Y se recuerda, adem�s, que el ES-Alert no estaba incluido en el plan de inundaciones como medida de protecci�n, con lo que no habr�a “negligencia penal”.


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