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Internacional

El PP catalán anuncia un recuso al Tribunal Constitucional contra la limitación de la compra especulativa de viviendas pactada entre Illa y los comunes

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El PP catal�n tiene la intenci�n de llevar al Tribunal Constitucional la limitaci�n de la compra especulativa de viviendas pactada entre el Govern de Salvador Illa y los comunes si la ley sale adelante.

“Como es un ataque a la propiedad privada inaceptable, lo llevaremos al Tribunal Constitucional en cuanto tengamos los mecanismos oportunos para hacerlo”, ha afirmado el l�der del partido, Alejandro Fern�ndez, en declaraciones a la prensa en Valls (Tarragona).

“Est�n destruyendo el mercado de la vivienda, en Catalu�a y en Espa�a, est�n destruyendo las esperanzas de millones de j�venes que nunca en la historia reciente de nuestro pa�s se hab�an encontrado con la imposibilidad tan bestial de adquirir una vivienda”, ha sostenido Fern�ndez.

Por ahora, se trata de una propuesta de ley, que todav�a debe ser tramitada y aprobada en el Parlament. De acometerse, Catalu�a ser�a la primera comunidad aut�noma en ejecutar este tipo de pol�ticas. Adem�s, forma parte del acuerdo para los presupuestos entre el PSC y los comunes, que dependen de ERC para su aprobaci�n.

En el documento pactado, os partidos ofrecen (por primera vez) una definici�n formal de la compra especulativa de vivienda: la adquisici�n de inmuebles residenciales (“viviendas individuales o edificios mayoritariamente residenciales”) que realice cualquier persona jur�dica o f�sica con condici�n de gran tenedor (en Catalu�a, quien posee m�s de cinco inmuebles, frente a los diez de Espa�a) y que no sea para la residencia habitual o permanente.

Se a�ade adem�s que dicha residencia permanente deber� acometerse dentro del plazo m�ximo de doce meses desde la fecha de compra. “En situaciones justificadas por traslado laboral forzoso, separaci�n u otras circunstancias personales sobrevenidas de car�cter objetivo, o por la necesidad de efectuar obras de acondicionamiento del inmueble para su uso como vivienda habitual, previa acreditaci�n ante la administraci�n competente, esta podr� conceder una pr�rroga motivada que no podr� superar los seis meses“, puntualizan.

En el caso de la compra de edificios residenciales completos (los casos habituales son empresas inmobiliarias o grandes fondos) s� se permite la compra para destinarlo al alquiler, siempre y cuando se deje para la vivienda habitual y respetando el l�mite de precios previsto para las zonas de mercado residencial tensionado.


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