Internacional
La pareja de Ayuso reclama 80.000 euros a García Ortiz por las costas del proceso que le inhabilitó como fiscal general
La puntilla de una condena es el pago de las costas del proceso. “Las costas procesales se entienden impuestas por la ley a los criminalmente responsables de todo delito”, establece el art�culo 123 del C�digo Penal. En el caso del criminalmente responsable �lvaro Garc�a Ortiz, la tasaci�n que ha recibido asciende a 79.942,70 euros, seg�n la comunicaci�n remitida al ya ex fiscal general del Estado por el Tribunal Supremo.
La cifra responde a los honorarios del abogado y procurador de Alberto Gonz�lez Amador, que impuls� el procedimiento penal que acab� en una condena a 10.000 euros de indemnizaci�n, 7.200 de multa y dos a�os de innhabilitaci�n por un delito de revelaci�n de datos reservados.
La sentencia del Tribunal Supremo, ante el que el entonces fiscal general estaba aforado, tambi�n incluy� “el pago de las costas procesales correspondientes, incluyendo las de la acusaci�n particular”. Conforme a lo notificado por la letrada de la Administraci�n de Justicia, los honorarios del procurador ascienden a 1.560,38 euros, IVA incluido. Los del abogado Gabriel Rodr�guez-Ramos, a 78.282,32 euros.
Las cantidades pueden ser impugnadas por el condenado, por lo que no se trata de una cantidad definitiva. Si Grac�a Ortiz lo considera excesivo, la letrada de la Administraci�n de Justicia pedir� un informe no vinculante al Ilustre Colegio de la Abogac�a de Madrid. Con todo ello, la letrada del TS dictar� un decreto manteniendo la cifra de casi 80.000 euros o reduci�ndola.
El letrado de Gonz�lez Amador present� al Supremo un extenso escrito detallando y motivando los distintos honorarios. Arranca recordando que con la atribuci�n de costas “se pretende que la carga que soporte el condenado respecto de los honorarios del letrado minutante sea proporcional al esfuerzo realizado por el mismo durante el procedimiento”.
“Esfuerzo”, subraya Rodr�guez-Ramos, “que resulta innegable en el procedimiento que nos ocupa, el cual presentaba una evidente complejidad en ambas vertientes, material y procesal”. La referencia a la complejidad permite superar ciertos l�mites legales en la cuant�a de las costas, inicialmente fijadas en no m�s de un tercio de la cuant�a del proceso (en este caso, los 10.000 euros de responsabilidad civil).
En el campo de esa complejidad material, hace referencia a la propia naturaleza de los hechos investigados, al contexto institucional, a la ausencia de precedentes de un caso as� y a la continua divulgaci�n del procedimiento en los medios, junto a su uso pol�tico. Destaca que, hasta el momento de la condena, el fiscal general aline� “todos los medios” de la Fiscal�a con su propia defensa.
En el apartado de dificultades procesales, se destaca el gran n�mero de partes personadas, la peculiaridad del aforamiento -la causa comenz� en un juzgado, pas� al Tribunal Superior de Justicia de Madrid y acab� en el Supremo- y la incoaci�n de 15 piezas separadas para la tramitaci�n de recursos. Suma a ello la destrucci�n de datos por parte del acusado, que llev� a cursar dos comisiones rogatorias internacionales y a practicar numerosas diligencias. Y, finalmente, la actuaci�n como defensa no solo de la Abogac�a del Estado, sino de la Fiscal�a.
Tras esa exposici�n, la represntaci�n de la pareja de Ayuso pasa a aplicar los criterios orientativos del Ilustre Colegio de la Abogac�a de Madrid a la hora de tasar las distintas actuaciones procesales: asistencia a diligencias, presentaci�n de recursos, escritos de acusaci�n y otros varios, celebraci�n del juicio… Uno de los criterios es que en los tr�mites seguidos ante el Supremo se podr� incrementar la cuant�a hasta un 60%. El resultado de los c�lculos de los honorarios es de casi 65.000 euros por la defensa, a los que debe aplicarse el IVA, as� como a�adirse la cantidad se�alada por el procurador.




