Internacional
El Tribunal de Justicia de la UE anula la decisión del Parlamento Europeo de retirar la inmunidad a Puigdemont en una decisión sin efectos prácticos
El Tribunal de Justicia de la Uni�n Europea (TJUE) ha anulado la decisi�n del Parlamento Europeo de retirar la inmunidad al ex president Carles Puigdemont y los ex consellers Toni Com�n y Clara Ponsat�. La decisi�n no tiene efectos pr�cticos sobre Puigdemont, que actualmente no es eurodiputado y aguarda otra sentencia del TJUE: la que resolver� si la Ley de Amnist�a choca con la normativa europea.
El motivo de la decisi�n notificada este jueves no es de fondo, sino que responde a la designaci�n del ponente de los suplicatorios de suspensi�n, Angel Dzhambazki. El eurodiputado b�lgaro era miembro de Conservadores y Reformistas (ECR), el mismo grupo de Vox, un partido que impuls� la causa penal contra Puigdemont en el Tribunal Supremo. Esa circunstancia pone en entredicho su imparcialidad, lo que lleva al TJUE a rectificar la decisi�n inicial del Tribunal General, que lo consider� irrelevante y dio validez a la suspensi�n votada por la Euroc�mara.
Tras el refer�ndum ilegal de octubre de 2017, Puigdemont huy� de Espa�a y de la causa abierta en el Supremo. En 2019 fue elegido eurodiputado. A petici�n del Alto Tribunal espa�ol, en 2021 la Euroc�mara vot� retirarle la inmunidad para que pudiera ser juzgado. Dos a�os m�s tarde, el Tribunal General desestim� los recursos de Puigdemont y sus dos consejeros.
Ahora el TJUE anula la sentencia del Tribunal General y las tres decisiones del Parlamento Europeo referidas a Puigdemont, Ponsat� y Com�n. Solo este �ltimo fue elegido eurodiputado -aunque no ha recibido el acta- y podr�a llegar a beneficiarse de la decisi�n.
La sentencia del Tribunal de Luxemburgo recuerda que el Parlamento ya exige que el ponente que instruya un suplicatorio de suspensi�n de la inmunidad no puede pertenecer al grupo pol�tico que el diputado cuya situaci�n se examina. Eso debe llevar, por “coherencia”, a que tampoco puede pertenecer a un grupo pol�tico alguno de cuyos miembros han promovido el proceso penal contra el diputado cuya inmunidad se examina. Mientras se examinaba el caso de los tres huidos del proc�s, cinco diputados de Vox formaban parte del mismo grupo que el ponente de los asuntos.
A�ade el TJUE que hay otro elemento que lleva a cuestionar la imparcialidad. En marzo de 2019, la persona que ser�a posteriormente designada ponente organiz� un evento con la intervenci�n del secretario general de Vox, Ignacio Garriga, sobre el tema “Catalu�a es Espa�a”. En ese acto, Garriga concluy� su discurso con un “�Puigdemont a prisi�n!”. El Parlamento Europeo aleg� que no hab�a nada que indicara que el ponente aprobara espec�ficamente esas palabras.
“En aquel momento, el partido Vox ya hab�a entablado el proceso penal de que se trata. Por tanto, la organizaci�n de ese evento era indicativa no solo de un apoyo a las ideas pol�ticas de dicho partido sobre la situaci�n en Catalu�a, sino tambi�n de una posici�n favorable al procesamiento de los diputados”, dice la sentencia, que con todo ello concluye que “la designaci�n del ponente era contraria a la exigencia de imparcialidad”.
Con ello se habr�a violado el derecho de los tres recurrentes a “una buena administraci�n”, recogido en la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE y que establece que las instituciones, �rganos y organismos de la Uni�n deben tratar los asuntos “imparcial y equitativamente y dentro de un plazo razonable”.




